El Rey. Por Reales Cédulas de cuatro de Febrero de mil setecientos noventa y dos y siete de Agosto de mil ochocientos seis se previno á las Autoridades de mis dominios de Indias que en el cobro de Lanzas y Medias Anatas que devengan los Títulos de Castilla se arreglasen a lo mandado sobre este punto ..

Autoría
Fecha
1828
Signatura
BH DER 18980(244) (GF)

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Tipo
libro
Autor
Fecha
Formato
image/jpeg
Idioma (código)
spa
Cobertura espacial
Otro título
Titular de los derechos
Universidad Complutense de Madrid
Época
s. 19
Núm. páginas
[2] h
Miniatura
https://patrimoniodigital.ucm.es/r/thumbnail/706618
https://patrimoniodigital.ucm.es/r/item/5327234659
Notas
Ingresó en la Biblioteca Histórica procedente de la Facultad de Derecho en 2000. - Sin encuadernación
En fin de texto consta: Para que en los dominios de Indias se observen las reglas que se expresan acerca del pago de Lanzas y Medias Anatas de los Títulos de Castilla residentes en los mismos
Texto fechado en El Pardo, a 28 de diciembre de 1828
Texto firmado por Mateo de Agüero
Nota al título: Título tomado del principio del texto
Nota a la descripción física: El lugar, mes y día de emisión de la Cédula, que aparecen en blanco al final del texto, completados a mano
Nota a la descripción física: Se ha respetado la puntuación original
Procedencia
Mediador
Google
Signatura
BH DER 18980(244) (GF)
Identificador BUC
5327234659
Idioma
Español
Europeana Type
TEXT
Europeana Data Provider
Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid