El Rey. Jueces de bienes de difuntos de mis Dominios de las Indias, é Islas Filipinas. Por mi Real Cédula de diez y nueve de julio de mil setecientos noventa y dos se os previno á fin de proporcionar la mayor claridad en el Ramo de Bienes de difuntos, y evitar todo perjuicio á los interesados en él ... con total separación baxo de distinta cubierta, los pliegos y autos correspondientes á cada Testamentaría ... Fecho en Aranjuez a cinco de mayo de mil setecientos noventa y tres

Autoría
Fecha
1793
Signatura
BH DER 18980(97) (GF)
Materia

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Tipo
libro
Autor
Fecha
Formato
image/jpeg
Idioma (código)
spa
Otro título
Titular de los derechos
Universidad Complutense de Madrid
Materia
Núm. páginas
[2] h
Notas
Ingresó en la Biblioteca Histórica procedente de la Facultad de Derecho en 2000. Carece de encuadernación
En fin de texto consta: Para que los Jueces de Bienes de Difuntos de los Dominios de Indias, é Islas Filipinas remitan los caudales de Bienes de Difuntos á disposición del Consejo, por qualquiera de los Puertos habilitados de estos Reynos
Nota al título: Título tomado del principio del texto
Nota a la edición: Texto fechado en Aranjuez a 5 de mayo de 1793
Nota a la descripción física: El lugar, mes y día de emisión de la Cédula, que aparecen en blanco al final del texto, completados a mano
Nota a la descripción física: Se ha respetado la puntuación original
Procedencia
Mediador
Google
Signatura
BH DER 18980(97) (GF)
Identificador BUC
532379690X
Idioma
Español
Europeana Type
TEXT
Europeana Data Provider
Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid