El Rey. Jueces de bienes de difuntos de mis Dominios de las Indias, é Islas Filipinas. Por mi Real Cédula de diez y nueve de julio de mil setecientos noventa y dos se os previno á fin de proporcionar la mayor claridad en el Ramo de Bienes de difuntos, y evitar todo perjuicio á los interesados en él ... con total separación baxo de distinta cubierta, los pliegos y autos correspondientes á cada Testamentaría ... Fecho en Aranjuez a cinco de mayo de mil setecientos noventa y tres
España. Rey (1788-1808: Carlos IV)
BH DER 18980(97) (GF)