El Rey. En Real Cédula de veinte y uno de Noviembre de mil setecientos setenta y ocho, expedida á mis Dominios de Indias, se previno que si alguno tuviese urgente necesidad de obtener gracias de Roma, debia pedir permiso por la primera Secretaria de Estado, por la del Despacho de Indias, ó por mi Consejo y Cámara de ellas, y que no se daria el pase á las obtenidas sin su permiso, excepuandose solo las que viniesen por los Aretados ... Fecha en San Lorenzo a veinte y siete de octubre de mil setecientos noventa y cinco

Autoría
Fecha
1795
Signatura
BH DER 18980(111) (GF)

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Tipo
libro
Fecha
Formato
image/jpeg
Idioma (código)
spa
Cobertura espacial
Otro título
Titular de los derechos
Universidad Complutense de Madrid
Época
S. 18
18th century
Núm. páginas
[3] p
Miniatura
https://patrimoniodigital.ucm.es/r/thumbnail/723081
Notas
Sello Real en la primera y última página. Ingresó en la Biblioteca Histórica procedente de la Facultad de Derecho en 2000. Carece de encuadernación
En fin de texto consta: Para que en los Reynos de Indias é Islas Filipinas se publique lo resuelto, acerca de que ninguna persona pueda recurrir á Roma en solicitud de dispensaciones y gracias que no sean de Penitanciaria sin haber obtenido permiso del Consejo
Texto firmado por Don Silvestre Collán
Nota al título: Título tomado del principio del texto
Nota a la edición: Texto fechado en San Lorenzo a 27 de octubre de 1795
Nota a la descripción física: El lugar, mes y día de emisión de la Cédula, que aparecen en blanco al final del texto, completados a mano
Nota a la descripción física: Se ha respetado la puntuación original
Mediador
Google
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Signatura
BH DER 18980(111) (GF)
Identificador BUC
5323797057
Idioma
Español
Europeana Type
TEXT
Europeana Data Provider
Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid