Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda, que en todos los pueblos capitales de provincia, de corregimiento ó partido, en donde haya establecidas Juntas de Caridad, ó se erigiesen de nuevo, se observen los Autos-acordados, proveidos para Madrid en 13 y 30 de Marzo de 1778, para que pueda verificarse el objeto á que termina su disposicion del socorro de los pobres impedidos y desocupados, con lo demás que se expresa
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