En la Villa de Madrid a primero de Octubre de mil setecientos ochenta y quatro, los Señores del Consejo de S.M. estando pleno, dixeron : que habiéndose advertido algunos inconvenientes de insertarse literalmente en los despachos que se libran por él las peticiones en que se contienen expresiones vehementes, o depresivas de la opinion... se hacía preciso proveer de remedio, a cuyo fin debían mandar y mandaron que en los despachos que se expidan se extracten y pongan en relacion substancial las representaciones, memoriales o pedimentos..
BH FLL Foll.239