Real cedula de S.M. y señores del Consejo, en la qual, por via de declaracion al capítulo IX del Reglamento inserto en la de veinte y seis de Febrero de mil ochocientos y dos, se señalan las quotas que por razon de anualidad se han de pagar á la Consolidacion de Vales Reales en los respectivos casos de promocion, ascenso y primera entrada en las Dignidades y Prebendas de la Iglesia de Indias, y se prescriben los términos en que han de satisfacerse
BH DER 19605