El Rey. Por Reales Cédulas de cuatro de Febrero de mil setecientos noventa y dos y siete de Agosto de mil ochocientos seis se previno á las Autoridades de mis dominios de Indias que en el cobro de Lanzas y Medias Anatas que devengan los Títulos de Castilla se arreglasen a lo mandado sobre este punto ..
BH DER 18980(244) (GF)