Por los capítulos 1º y 2º de la Real Ordenanza de Montes de 12 de Diciembre de 1748 se encarga á los Corregidores y Alcaldes mayores del Reyno, y á los de las quatro Ordenes Militares, sin excepcion de la de S. Juan, el cuidado de hacerla executar y cumplir como Delegados del Consejo ..
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