Por las leyes 2.ª y 3.ª, tít. 6.º, libr. I.º de la Novísima Recopilacion se ordena lo siguiente: LEY II. "Por que nuestro Señor en señal de universal señorío retuvo en sí el diezmo, y no quiso que ninguno se pueda excusar de lo dar ; y porque los diezmos son para sustentamiento de las Iglesias, Prelados y Ministros de ellas, y para ornamentos, y para limosnas de los pobres en tiempo de hambre ..
BH FLL Foll.282