El Rey. Con el objeto de fomentar la agricultura de la provinca de Carácas é Islas de Cuba, Santo Domingo y Puerto-Rico, permití por mi Real Cédula de veinte y ocho de Febrero de mil setecientos ochenta y nueve á todos mis vasallos avecindados ó residentes en estos mis dominios, y los de Indias, que pudiesen pasar en embarcaciones propias ó fletadas de su cuenta á comprar Negros á cualquier parage donde los hubiere ..
BH DER 18980(179) (GF)