Por diferentes Reales Cédulas y Provisiones expedidas despues de la Pragmática de 11 de Julio de 1765, y con particularidad por la de 16 de Julio de 1790, estan prescriptas las reglas convenientes para evitar todo abuso en el comercio de granos, y que este quede en términos de que no se estanquen en monopolistas, y circulen para el consumo y abastecimiento del Reyno, conciliando el beneficio de los Labradores y la comodidad posible de los consumidores, sin intervencion de manos intermedias que obsten á estos loables objetos ..
BH FLL Foll.297